Asamblea Nacional aprueba ley que limita llamadas de cobro en Panamá
Nueva normativa establece horarios específicos para llamadas y correos de agencias de cobro
Regulación de llamadas de cobro en Panamá
La Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 306, con 41 votos a favor, que regula la actividad de las agencias de cobro en el país. Esta ley busca proteger a los ciudadanos del acoso y hostigamiento telefónico, limitando las llamadas y correos relacionados con cobros a horarios determinados.
La nueva normativa establece que las gestiones de cobro por parte de entidades financieras solo podrán realizarse en los siguientes horarios:
- Lunes a viernes: de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
- Sábados: de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
Fuera de estos horarios, queda prohibida cualquier comunicación relacionada con cobros, ya sea telefónica o por correo electrónico.
Protección al consumidor frente al acoso
Con esta medida, el Estado panameño busca evitar prácticas abusivas como llamadas constantes o fuera de horas razonables, una problemática que ha generado múltiples quejas ciudadanas. La ley equilibra el derecho de las empresas a recuperar deudas con el respeto a la privacidad y tranquilidad de los usuarios.
Además, el proyecto regula el funcionamiento general de las agencias de cobro, imponiendo reglas claras para su operación y asegurando un trato justo hacia los consumidores.
Contexto y repercusiones
Esta aprobación responde a la creciente preocupación por el acoso telefónico de las agencias de cobro, un fenómeno que ha sido reportado en diversos países y que ha motivado también regulaciones en el marco de protección al consumidor, como las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Panamá se suma así a la tendencia internacional de establecer límites en las gestiones de cobro para evitar el estrés y la invasión a la privacidad de las personas, conforme a los principios de respeto y dignidad que promueve la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Beneficios para los usuarios y empresas
Con esta ley, los usuarios tendrán mayor control sobre las comunicaciones relacionadas con deudas y podrán denunciar cualquier incumplimiento ante las autoridades competentes. Por su parte, las agencias de cobro deberán ajustar sus protocolos para cumplir con los nuevos horarios y condiciones.
Esta regulación también contribuye a la formalización y transparencia del sector financiero y de cobranza en Panamá, fortaleciendo la confianza entre consumidores y empresas.
Resumen
La Asamblea Nacional de Panamá aprobó el Proyecto de Ley 306 que limita las llamadas y correos de cobro a horarios específicos, buscando proteger a los ciudadanos del acoso telefónico por parte de agencias de cobro. La normativa establece que estas comunicaciones solo podrán realizarse de lunes a viernes entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m., y los sábados hasta las 3:00 p.m. Esta medida equilibra el derecho de las empresas a recuperar deudas con la protección de la privacidad de los usuarios, alineándose con estándares internacionales de protección al consumidor.
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